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Gobierno levanta suspensión general del porte de armas en Colombia: permisos vigentes volverán a tener efecto

Con la nueva disposición, las autoridades militares deberán restablecer la eficacia de los permisos individuales de porte que se encuentren vigentes, siempre que no tengan suspensión, cancelación, revocatoria, vencimiento o alguna prohibición legal o judicial que impida utilizarlos.

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 1368 de 2026, mediante el cual ordena levantar la suspensión general de los permisos para el porte de armas de fuego en todo el territorio colombiano. La medida cambia la restricción que había sido prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2026 mediante el Decreto 1482 de 2025.

Suspensión general del porte de armas en Colombia

Con la nueva disposición, las autoridades militares deberán restablecer la eficacia de los permisos individuales de porte que se encuentren vigentes, siempre que no tengan suspensión, cancelación, revocatoria, vencimiento o alguna prohibición legal o judicial que impida utilizarlos.

El decreto establece además que quienes tengan un permiso de porte vigente ya no deberán tramitar una autorización especial adicional derivada de la suspensión general. Sin embargo, el Gobierno de Abelardo de la Espriella, aclara que esto no significa que se autorice el libre porte de armas en Colombia, pues continúan vigentes los requisitos, restricciones y controles establecidos por la legislación.

La medida tampoco beneficia a quienes tengan permisos vencidos, suspendidos, cancelados o revocados, ni a armas sometidas a decomiso o restricciones judiciales. El porte continuará limitado específicamente al arma amparada por el respectivo permiso y bajo las condiciones establecidas por las autoridades.

El Decreto 1368 del 8 de septiembre de 2026 comenzará a regir a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial y deroga los decretos 2362 de 2018 y 1482 de 2025, además de las disposiciones que le sean contrarias.

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