DIAN confirma que la Fundación Colombia Luz y Sonrisas está registrada
La entidad confirmó que la organización tiene el RUT vigente y pertenece al Régimen Tributario Especial, en medio de los cuestionamientos por la recolección de ayudas para los damnificados del terremoto.
La DIAN confirmó que la Fundación Colombia Luz y Sonrisas está registrada en el Régimen Tributario Especial. Además, la entidad informó que la organización tiene vigente su Registro Único Tributario (RUT).
El anuncio se conoció el 13 de octubre de 2026. La aclaración surgió tras los cuestionamientos sobre la recolección de donaciones para los damnificados por el terremoto del pasado 10 de agosto.
La fundación fue creada por la primera dama, Ana Lucía Pineda Aruachán. Según la DIAN, su situación tributaria actual corresponde a la de una entidad inscrita en dicho régimen.
¿Qué confirmó la DIAN sobre la fundación?
La entidad tributaria aclaró que la Fundación Colombia Luz y Sonrisas cumple con el registro correspondiente al Régimen Tributario Especial.
Por esta razón, la DIAN señaló que no corresponden a su situación actual las afirmaciones que indican que la organización carece de reconocimiento tributario.
Asimismo, explicó que las entidades inscritas en este régimen deben cumplir las obligaciones y los controles establecidos por la normativa colombiana.
¿La fundación puede recibir donaciones?
Sí. La DIAN explicó que las entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas pueden recibir donaciones para desarrollar sus actividades sociales.
Sin embargo, existe una diferencia importante entre recibir aportes y ofrecer beneficios tributarios a los donantes.
Las organizaciones pertenecientes al Régimen Tributario Especial pueden expedir los certificados necesarios para que sus donantes soliciten los beneficios tributarios previstos en la ley.
En cambio, las entidades que no pertenecen a ese régimen no pueden emitir esos certificados para dichos beneficios.
¿Por qué surgió la polémica?
Los cuestionamientos aparecieron en medio de la recolección de ayudas para las personas afectadas por el terremoto del 10 de agosto de 2026.
Ante las dudas sobre el reconocimiento tributario de la organización, la DIAN publicó una aclaración sobre su registro y las reglas para recibir donaciones.
No obstante, la confirmación del RUT y de la inscripción tributaria no establece por sí sola cuánto dinero ha recibido la fundación ni cómo se han utilizado los recursos.
Para conocer esos detalles, se necesitan informes financieros y datos sobre la destinación de las ayudas.
La DIAN reiteró que la posibilidad de recibir donaciones y el acceso a beneficios tributarios son asuntos diferentes. Por ello, la situación de cada organización debe evaluarse de acuerdo con las normas vigentes.








