¿Comer empanadas era ilegal en Colombia? El caso que desató una polémica nacional
En 2019, un joven fue multado en Bogotá por comprar una empanada a una vendedora ambulante. El caso generó controversia por la interpretación del Código de Policía y llegó hasta la Corte Constitucional, que aclaró el alcance de la norma.
La pregunta sobre si comer empanadas era ilegal en Colombia generó polémica en 2019, cuando un joven recibió un comparendo de más de $800.000 en Bogotá por comprar una empanada a una vendedora ambulante. El caso abrió un debate sobre la aplicación del Código de Policía y el uso del espacio público.
La historia provocó una pregunta entre los ciudadanos: ¿realmente podían multar a una persona por comprar una empanada en la calle? La controversia llegó a las autoridades y abrió una discusión sobre hasta dónde podía extenderse la responsabilidad de quienes compran productos ofrecidos por vendedores informales.
¿Por qué se creyó que comer empanadas era ilegal en Colombia?
El caso ocurrió el 11 de febrero de 2019, en el sector de La Castellana, en Bogotá. Claros compró una empanada a una vendedora ambulante y recibió un comparendo relacionado con el artículo 140, numeral 6, de la Ley 1801 de 2016, Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
La disposición contempla comportamientos relacionados con la ocupación indebida del espacio público. En este caso, la actuación policial se sustentó en la interpretación de que la compra contribuía a promover esa ocupación.
El valor de la multa superaba los $800.000, una cifra que convirtió el episodio en noticia y desató cuestionamientos sobre la proporcionalidad de la medida y su aplicación a los consumidores.
La sanción fue anulada y debían devolverle el dinero
La controversia tuvo un giro el 8 de marzo de 2019, cuando la Inspección 17 de Policía de Bogotá decidió no imponer la medida correctiva y ordenó devolver el dinero que el joven había pagado.
Claros había cancelado la mitad del valor del comparendo, aproximadamente $441.662, para acogerse al descuento por pronto pago. Tras la decisión de la inspección, correspondía reintegrarle esa suma.
¿Qué dijo la Corte Constitucional sobre el caso?
La discusión también llegó a la Corte Constitucional, que estudió el alcance de la norma en la Sentencia C-489 de 2019.
La decisión precisó que esa disposición no debía aplicarse para sancionar a las personas por el solo hecho de adquirir o consumir productos o servicios ofrecidos por vendedores informales en el espacio público.
Esto no significó que comer empanadas estuviera prohibido en Colombia. La polémica surgió por la interpretación y aplicación de una norma relacionada con el uso del espacio público, y el caso se convirtió en un ejemplo de los límites que deben tener las actuaciones de las autoridades.
La empanada que terminó en una discusión nacional
Lo que comenzó como una compra común terminó en un debate sobre el espacio público, las ventas informales y la responsabilidad de los consumidores. La cifra del comparendo y la posterior intervención de las autoridades hicieron que el episodio siguiera siendo recordado como uno de los casos más insólitos relacionados con la aplicación del Código de Policía.
La historia dejó una aclaración importante: la sanción no convirtió en ilegal el consumo de empanadas, sino que puso sobre la mesa la necesidad de interpretar correctamente las normas y de no castigar a los compradores por el solo hecho de adquirir productos a vendedores informales.








